Igualdad Sustantiva

Los órganos impartidores de justicia deben buscar mecanismos que garanticen el acceso a la justicia de todas las personas. En materia electoral se debe tener especial atención con grupos que históricamente han visto limitado el ejercicio de sus derechos políticos.

Comunidades indígenas

Desde su creación, en el Tribunal Electoral hemos puesto un énfasis especial para juzgar con perspectiva multicultural, lo ha permitido que contemos con una robusta línea jurisprudencial en materia de ampliación de derechos. A través de diversas sentencias las salas fueron fue facilitando el acceso a la justicia electoral y fortaleciendo el ejercicio de los derechos de pueblos y comunidades.

Reconociendo que la protección de derechos no es viable ni efectiva sin un verdadero acceso a la justicia, y que las personas indígenas con frecuencia se enfrentan a los obstáculos pretendiendo acceder a los tribunales, en 2016 creamos la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.

Asimismo, además del trabajo jurisdiccional del Tribunal y de la labor de la Defensoría, reflejamos nuestro compromiso por la igualdad entre todas las personas y por garantizar los derechos de libre determinación y autogobierno de los pueblos y comunidades indígenas con la organización de cursos, talleres, seminarios y otros foros de sensibilización y capacitación sobre sus derechos.

ALínea jurisprudencial

Desde hace veinte años en el Tribunal adoptamos una perspectiva intercultural y una actitud sensible ante los asuntos que involucran a las comunidades indígenas. Con ello, pudimos ampliar su acceso a la justicia y fortalecer el ejercicio de sus derechos, en particular los de autogobierno.

Las temáticas de relevancia en los asuntos que recientemente se presentaron ante las salas del Tribunal involucran sus derechos a ejercer los recursos y a lograr una representación política efectiva. Las sentencias relevantes emitidas por el Tribunal en este tema se pueden consultar aquí.  

BCasos relevantes

Dentro de las sentencias relacionadas con los derechos de las personas indígenas emitimos algunos criterios que son especialmente relevantes para lograr la protección de sus derechos:

Los partidos políticos deben postular únicamente candidatas y candidatos indígenas en 13 distritos en los que existe una concentración indígena que supera el 60% de la población total (SUP-RAP-726/2017 y acumulados).Ver sentencia. 

Para garantizar la autenticidad de la representación política de la población indígena, las personas postuladas en los 13 distritos indígenas deben demostrar el vínculo que con la comunidad del distrito por el que se postulan (SUP-RAP-726/2017 y acumulados). Ver sentencia. 

Es obligación de las autoridades promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las personas, pueblos y comunidades indígenas, aun cuando la población indígena sea minoritaria, o bien existan dos o más comunidades en un mismo territorio (SUP-REC-411/2018). Ver sentencia.

El derecho a la organización política propia de las comunidades indígenas entraña la capacidad de definir sus propias instituciones, que no necesariamente tienen que corresponder estrictamente con el resto de las instituciones del Estado, por lo que se debe analizar el problema jurídico desde una perspectiva intercultural (SUP-REC-61/2018). Ver sentencia. 

CNúmero de sentencias

Estamos poniendo especial atención a los asuntos presentadas por las comunidades indígenas y sus integrantes. En el periodo reportado, recibimos 450 asuntos relacionados con sus derechos, mientras que en el periodo anterior fueron 569.

DEventos

Organizamos, a través de la Defensoría Pública Electoral, eventos de capacitación para las comunidades indígenas, con el objetivo de difundir conocimientos sobre sus derechos y los medios de su protección, así como a las y los funcionarios electorales, para que profundicen sus conocimientos y perfeccionen las habilidades necesarias para juzgar con perspectiva intercultural.

En este periodo logramos atender a 1,563 personas, mientras que en el anterior alcanzamos a 1,749.

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